CAMPAMENTOS
DE VERANO DE LA JUNTA
DE
EXTREMADURA 2015
·
INTERCAMBIOS CON OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
·
CAMPAMENTOS EN EXTREMADURA.
·
CAMPAMENTOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
·
CAMPOS DE TRABAJO (solicitudes hasta el 24
de abril).
PERIODO
DE SOLICITUD:
Desde el 16 de abril hasta el 15 de mayo
REQUISITOS:
·
Los/as solicitantes deberán presentar una única
solicitud con una sola actividad.
·
En caso de menores de edad, la solicitud deberán
hacerla sus padres o representantes legales.
·
Tener cumplida la edad mínima y no superar la
edad máxima exigida antes de la actividad.
·
La solicitud debidamente cumplimentada a través
de Internet en http://juventudextremadura.gobex.es deberá ser impresa y presentarse a través del CAD o de Correos en sobre abierto
que irá dirigida a la Ilma.
Sra. Directora General del Instituto de la Juventud de Extremadura y
se puede presentar.
Pincha aquí para acceder directamente a cumplimentar la solicitud.
DOCUMENTACIÓN:
·
Copia compulsada del DNI del solicitante.
·
Cuando se solicite bonificación o exención:
fotocopia de la
Declaración de la
Renta y documento que acredite situación de parado/a de los
representantes legales.
·
Fotocopia tarjeta sanitaria.
·
Fotocopia del carné joven si lo tiene.
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PLAZAS:
·
Cada solicitud tendrá un nº de registro propio
que se publicará en la página del Instituto de la Juventud de Extremadura (juventudextremadura.gobex.es/)
y servirá para la celebración del sorteo público en el que se extrae un nº a
partir del cual se ordenarán todas las solicitudes a las que irán adjudicándose
las plazas existentes.
·
Se constituirá una bolsa con las solicitudes que
no hayan obtenido plaza directa y se les irá adjudicando si hay bajas.
·
Una vez comunicada la concesión de la plaza hay
que abonar la actividad en el plazo de 72 horas con envío de su justificante al
Instituto de la Juventud
de Extremadura. Si no lo envía se entenderá que desiste de su solicitud.
·
El alumno/a que tenga algún problema médico
deberá aportar el certificado médico y/o prescripción facultativa del
tratamiento y/o alimentación especial.
MÁS INFORMACIÓN:
http://juventudextremadura.gobex.es
o
en el blog del
Departamento de Orientación Eugenio Hermoso.
Precios Públicos de los campamentos:
— Campos de trabajo: oscila entre 72 y 110 euros.
— Intercambios con otras Comunidades Autónomas (15 días): 196,20
euros.
— Actividades en Extremadura (15 días): 196,20 euros.
— Intercambios con otras Comunidades (12 días): 156,96 euros.
— Actividades en Extremadura (12 días): 156,96 euros.
— Intercambios con otras Comunidades (11 días): 143,88 euros.
— Intercambios con otras Comunidades (10 días): 130,80 euros.
—
Actividades en Extremadura
(10 días): 130,80 euros.
—
Actividades en Extremadura
(9 días): 117,72 euros.
Los precios públicos incluyen todos
los gastos de alimentación, alojamiento, actividades culturales, actividades
deportivas y seguro de accidentes. En el caso de intercambios con otras
Comunidades Autónomas incluye también el transporte de ida y vuelta desde las
localidades de Mérida, Cáceres y Plasencia.
Podrá
solicitarse bonificación o exención del precio público correspondiente a los
ingresos de la Junta
de Extremadura en las siguientes circunstancias:
A. Reducción del 60 %. Será
necesario acreditar ingresos familiares brutos inferiores a:
— Familias con 3 o menos miembros: 3
veces el SMI fijado para 2015 (27.241,20 euros anuales).
— Familias con 4 miembros: 3,5 ídem.
(31.781,40 euros anuales).
— Familias con 5 miembros: 4 ídem.
(36.321,60 euros anuales).
— Familias con 6 miembros: 4,5 ídem.
(40.861,80 euros anuales).
— A partir del sexto miembro se
aumentará la tabla con 1.803,04 euros por cada nuevo miembro computable.
B. Reducción del 40 %. Será
necesario acreditar ingresos familiares brutos inferiores a:
— Familias con 3 ó menos miembros:
3,5 veces el SMI fijado para 2015 (31.781,40 euros anuales).
— Familias con 4 miembros: 4 ídem.
(36.321,60 euros anuales).
— Familias con 5 miembros: 4,5 ídem.
(40.861,80 euros anuales).
— Familias con 6 miembros: 5 ídem.
(45.402,00 euros anuales).
— A partir del sexto miembro se
aumentará la tabla con 1.803,04 euros por cada nuevo miembro computable.
C. Tendrán derecho a la exención del
precio público quienes, reuniendo los
requisitos del apartado A de este punto, sean hijos de trabajadores por
cuenta ajena en situación de desempleo por tiempo superior a 365 días, de
ambos progenitores, previa acreditación documental de la indicada circunstancia
expedida por la Oficina
del SEXPE de la localidad correspondiente.
Los
titulares del carné joven tienen derecho a un descuento del 10 % de los precios
públicos establecidos en el punto 1 de este artículo, de acuerdo con lo
regulado en la disposición adicional del Decreto 66/1994, de 17 de mayo,
por el que se establecen bonificaciones y exenciones de determinados precios
públicos, justificándose dicha titularidad con la presentación de
fotocopia del carné.
La reducción o exención de dichos
precios públicos se otorgará hasta un máximo del 10 por 100 de los participantes, en atención al nivel de renta y en caso
de igualdad de renta por el mayor n.º de miembros de la unidad familiar.
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